Ley de Transparencia
Este apartado responde a los requerimientos recogidos en la
Ley de Transparencia de 2013,
cuyo fin es regular e incrementar la transparencia de la actividad de todos los sujetos
que prestan servicios públicos o ejercen potestades administrativas.
El Capítulo I "Ámbito subjetivo de aplicación" de la Ley, en su Artículo 3,
designa a los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones
empresariales como sujetos obligados al cumplimiento de esta Ley.
Por otra parte, el Capítulo II "Publicidad activa" es el que establece
los contenidos que deben ser publicados y actualizados, accesibles de manera universal
sin necesidad de realizar solicitud alguna.
A continuación se recoge y se expone dicha información.
Información institucional y organizativa
1. FUNCIONES DEL SINDICATO
El Sindicato Independiente de Profesionales Aeronáuticos (SIPA) es
una asociación sindical de carácter apolítico, cuyo ámbito funcional y territorial
es el del Sector Aeroespacial del Estado Español.
El sindicato está registrado con CIF: G85875672.
Los principales fines de SIPA
vienen recogidos en sus Estatutos:
-
La representación, defensa y promoción de los intereses profesionales, laborales y
sindicales de carácter general o particular de los Afiliados.
-
Colaborar con las demás Organizaciones Sindicales, Colegiales y Administraciones
Pu´blicas, para la mejor defensa y la promoción y apoyo de las justas reivindicaciones
de los Afiliados.
-
Promover la solidaridad y unidad de acción de todos los grupos profesionales que
prestan sus servicios en los distintos Centros de Trabajo en todas las situaciones
que afecten al interés general de los Afiliados.
-
Todos cuantos sean acordados por los Órganos de Gobierno del Sindicato.
2. NORMATIVA APLICABLE
La regulación que enmarca el funcionamiento de SIPA
se pueden encontrar en la sección Normativa,
y se presenta a continuación:
-
Ley orgánica de libertad sindical, que desarrolla el derecho fundamental
a la libertad sindical recogido en el artículo 28.1 de la Constitución Española.
Regula la personalidad jurídica de los sindicatos y el concepto de representatividad
sindical. Asimismo establece la capacidad de acción sindical, permitiendo la
constitución de secciones sindicales y estableciendo el papel de los delegados sindicales.
-
Estatuto de los trabajadores, que constituye la normativa laboral básica, legislando
sobre derechos laborales, contrato de trabajo e infracciones. También regula los
los derechos de representación colectiva (comités de empresa y elecciones sindicales),
así como la capacidad de negociación colectiva y el establecimiento de convenios colectivos.
-
Ley de transparencia, cuyo objetivo es reforzar la transparencia de
la actividad pública, y garantizar el derecho de acceso a la información.
-
Ley orgánica de protección de datos, que regula el tratamiento de los datos
y ficheros, de carácter personal. En particular, el Sindicato dispone de un registro
de afiliados, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, de cuya custodia
se encarga el Secretario.
-
Estatutos, aprobados en Asamblea General de Afiliados, y registrados
en la Dirección General de Trabajo, regulan el funcionamiento interno del sindicato.
3. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
SIPA se estructura según la siguiente composición:
-
Sección Sindical. Es el medio de representación ante la empresa
en el centro de trabajo.
-
Asamblea General. Es el supremo órgano deliberante y decisorio.
-
Junta Sindical. Es el órgano de gestión permanente encargado
de realizar los acuerdos adoptados por la Asamblea General.
-
Secretario. Es un cargo del Sindicato, cuyas principales funciones
son representar al Sindicato, presidir las reuniones de la Junta y la Asamblea General,
custodiar la documentación y el registro de afiliados.
-
Tesorero. Es un cargo del Sindicato, cuyas principales funciones son
los asuntos económicos del Sindicato, llevar libros de cuentas e inventario,
efectuar cobros y pagos, preparar las cuentas y el balance.
El siguiente diagrama refleja el organigrama de funcionamiento de
SIPA, mientras que el perfil y el currículum
de sus cargos y miembros se puede encontrar en la sección
Quiénes somos.

Información económica y presupuestaria
La información económica más relevante se estructura en los siguientes apartados:
1. CONTRATOS
Este sindicato no tiene ningún contrato firmado con la Administración Pública.
No obstante, en aras de una mayor transparencia listamos los últimos contratos
con empresas privadas, todos ellos aprobados y revisados anualmente en Asamblea
General de afiliados, y gestionados por la Junta Sindical.
-
Asesoría laboral y fiscal, con el despacho de abogados Ejaso.
-
Publicidad, diseño e imagen, con la agencia creativa Fletcher.
-
Diseño web, con la empresa Consultoría Innova.
-
Cuenta corriente y operaciones bancarias, con Bankia.
2. CONVENIOS
Este sindicato no tiene ningún convenio suscrito en la actualidad.
3. SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS
Este sindicato no recibe ningún tipo de subvención
ni es beneficiario de ninguna ayuda publica.
4. PRESUPUESTOS
Según establecen los Estatutos, es función de la Asamblea General aprobar
los presupuestos de ingresos y de gastos.
SIPA, como organización sin ánimo de lucro,
tenderá a cuadrar las cuentas de modo que al final del periodo, el balance sea nulo.
La siguiente tabla refleja el presupuesto correspondiente a 2015, tal y como
fue aprobado en la Asamblea General de Afiliados, de marzo de 2015

5. CUENTAS ANUALES E INFORMES DE AUDITORÍA
Según establecen los Estatutos, es función de la Asamblea General aprobar
los balances contables, pudiendo designar a dos censores de cuentas. Asimismo,
también es competencia de la Junta Sindical auditar las cuentas del Sindicato.
Se presentan a continuación las cuentas correspondientes a 2014, aprobadas
en la Asamblea General de Afiliados, de marzo de 2015

Cumpliendo con el Estatutos, anualmente, se ofrece a los afiliados la posibilidad
de actuar como auditores independientes de las cuentas del Sindicato
El informe de auditoría adjunto se presentó en
la última Asamblea General de Afiliados, de marzo de 2015
6. RETRIBUCIONES
Este sindicato no contempla ningún tipo de retribución ni indemnización a
ningún cargo de la organización.
Protección de datos
Cumplimiento de la ley
SIPA guarda escrupulosamente los
requerimientos marcados por la Ley de Protección de Datos referida anteriormente.
Destacamos a continuación algunos de sus principios básicos.
-
Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente
informados de modo expreso, preciso e inequívoco. En caso contrario, el consentimiento será nulo.
-
El afectado podrá revocar su consentimiento a través de un medio sencillo, gratuito
y que no implique ingreso alguno para el responsable del fichero o tratamiento.
El responsable cesará en el tratamiento de los datos en el plazo máximo de diez días.
-
El responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento deberán adoptar
las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad
de los datos de carácter personal.
-
Además de las medidas de nivel básico y medio, las medidas de nivel alto se aplicarán
ficheros o tratamientos de datos de carácter personal que se refieran a datos de
ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual.
-
Los armarios, archivadores u otros elementos en los que se almacenen los
ficheros no automatizados con datos de carácter personal deberán encontrarse
en áreas en las que el acceso esté protegido con puertas de acceso dotadas de
sistemas de apertura mediante llave u otro dispositivo equivalente.
-
La generación de copias o la reproducción de los documentos u´nicamente podrá ser
realizada bajo el control del personal autorizado en el documento de seguridad.
Deberá procederse a la destrucción de las copias o reproducciones desechadas de
forma que se evite el acceso a la información contenida en las mismas o su recuperación posterior.
-
El acceso a la documentación se limitará exclusivamente al personal autorizado.
Ficheros registrados
Nuestro sindicato tiene dos ficheros inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos,
siendo su responsable el Secretario de SIPA.
La consulta de estos ficheros es pública en el portal de la Agencia.
La finalidad establecida para ambos ficheros es:
-
Afiliados: fines estadísticos, gestión de cobro de cuotas,
comunicación con los asociados y alta en página web sindicato.
-
Candidatos: tratamiento destinado al control y seguimiento de los procesos
electorales de representación sindical (incluyendo el uso de cualquiera de los datos
con fines de propaganda electoral) y las personas que ejercen dicha representación,
su evolución temporal, y mantener la relación con candidatos y delegados.
Buen gobierno
Los principios de buen gobierno quedan recogidos en los Estatutos
de SIPA, de los cuales destacamos los siguientes puntos:
-
La actuación y funcionamiento del Sindicato se ajustará en todo momento a los principios democráticos más estrictos.
-
Todos los Cargos que regirán su funcionamiento serán elegidos mediante votación libre, directa y secreta.
-
El Sindicato estará estructurado por Secciones Sindicales o cualquier otro tipo de
Agrupación. Las relaciones entre ellas se regirán por los principios de colaboración y solidaridad.
-
Todas las Secciones Sindicales o Agrupaciones que integren el Sindicato dispondrán de
sus propios Reglamentos que deberán de ser aprobados por sus Asambleas de Afiliados.
-
Integran la Junta Sindical los Vocales elegidos en las respectivas Asambleas de Afiliados.
El número de vocales de la Junta Sindical se repartirá atendiendo siempre a criterios de proporcionalidad.
-
Cualquier afiliado puede presentarse, de forma individual, siempre que cuente con un
aval mínimo de un diez por ciento (10%) de firmas de Afiliados a la Sección Sindical.
-
Ningún Vocal podrá ostentar Cargo más de 8 años (consecutivos o no).
Garantias sindicales
La regulación suele establecer determinadas garantías para proteger, favorecer y asegurar
el ejercicio de las funciones de los representantes legales de los trabajadores.
La mayoría de ellas vienen recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, de las cuales destacamos:
-
Crédito de horas mensuales retribuidas para ejercer sus funciones de representación.
-
Libertad de expresión sobre materias relativas a su función representativa,
y libertad de publicación y distribución de informaciones de interés laboral o social.
-
Prohibición de discriminación, por desempeño de funciones representativas, en materia
de promoción económica o profesional.
-
Expediente contradictorio para la imposición de sanciones por faltas graves o muy graves.
-
Prohibición de despidos y sanciones discriminatorias por el ejercicio de sus funciones
durante su mandato y dentro del año siguiente.
-
Prioridad de permanencia en la empresa en los supuestos de despidos o
suspensiones por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
-
Derecho de opción en los despidos improcedentes.